La lucha feminista por el aborto legal avanza en Ecuador

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Por Ana Acosta @yakuana

La Corte Constitucional de Ecuador resolvió declarar la inconstitucionalidad del numeral 2, en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, que hace referencia al aborto no punible por la causal violación, y dispuso que la Defensoría del Pueblo deberá preparar un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación, en un plazo máximo de dos meses desde la sentencia. El aborto por violación es un paso más de una agenda por el avance de derechos que organizaciones de mujeres y feministas han impulsado en el país hace décadas.

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El aborto en Ecuador es legal en tres causales desde 1938, y así ha permanecido con mínimas modificaciones durante más de ochenta años. El actual Código Penal, en los artículos 149 y 150, establece que el aborto decidido por la mujer  no será sancionado con prisión cuando está en peligro la salud o la vida de la mujer, y cuando el embarazo es producto de una violación a una mujer con discapacidad mental.

En 2013, durante las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), asambleístas de Alianza País (AP) – en ese entonces partido oficial del ex presidente Rafael Correa– mocionaron ampliar la causal violación en el artículo 150, pero el presidente amenazó con renunciar, la moción fue retirada y el buró político del partido sancionó a las asambleístas mujeres, quienes fueron acusadas de “traicionar los acuerdos políticos”. Después de esto, el tema no fue tratado y permaneció silenciado en las instancias institucionales, pero no en los activismos feministas.

Tras la negativa de la Asamblea Nacional en 2013, organizaciones de mujeres, feministas, de derechos sexuales y reproductivos iniciaron la campaña “Yo Soy 65”, para visibilizar la necesidad del aborto por violación.  Esta campaña toma el número 65, basado en una encuesta de CEDATOS de ese año, que decía que el 65% de la población estaba a favor de eliminar la sanción de cárcel a mujeres violadas que deciden abortar.

Ya para 2019, cuando la Asamblea Nacional abrió el debate para nuevas reformas al COIP, organizaciones feministas como Fundación Desafío, el Frente de Derechos Sexuales y Reproductivos, la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, Mujeres con Voz impulsaron la campaña “Aborto Por Violación, Déjame Decidir”. A esta exigencia se sumaron varias organizaciones sociales, estudiantiles, sindicales, indígenas, de derechos humanos, entre otras.

La Asamblea no dio paso a la reforma, aunque los votos fueron mayoría, faltaron apenas cinco para que sea aprobada. La presión de grupos conservadores religiosos, católicos y evangélicos, tuvo efecto en las y los asambleístas. Guillermo Lasso, como líder de la bancada de CREO, envió en agosto de 2019, una carta mostrando su posición donde decía “Un principio ético esencial es el respeto a la vida humana, desde la concepción hasta la muerte. Y por ello nunca estaré de acuerdo con la legalización del aborto ni tampoco con la pena de muerte (…) me preocupa que esta excepción sea solo la excusa para abrir las puertas al aborto”. Los votos en la Asamblea fueron 65 afirmativos, 59 negativos, 6 abstenciones y 0 blancos. La mayoría de los votos negativos los dieron: 17 asambleístas de Alianza País (AP), partido del presidente Lenín Moreno; 14 asambleístas de CREO, partido del hoy presidente electo Guillermo Lasso; y 7 asambleístas del Partido Social Cristiano (PSC).

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Luego de conocer la votación del legislativo, feministas y mujeres se movilizaron para exigir el veto al presidente Lenín Moreno, en una multitudinaria marcha que llegó hasta la Plaza Grande, con las consignas: “Las niñas son niñas, las niñas no son madres”, “Aborto legal en el Código Penal”. El presidente vetó parcialmente la reforma, pero con la limitación legal de realizar cambios sustanciales a lo aprobado no realizó modificación alguna al articulado referente al aborto.

Antes de la votación en la Asamblea, el 30 de julio del 2019, Fundación Desafío, la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, el Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, presentaron una demanda a la Corte Constitucional solicitando la inconstitucionalidad de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal referentes al aborto no punible. A esta demanda, se sumaron varias organizaciones de mujeres y derechos humanos, además de la Defensoría del Pueblo. En total, la Corte recibió siete demandas de inconstitucionalidad.

 

El 28 de abril del 2021, la Corte Constitucional trató en sesión, la inconstitucionalidad de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal, mientras organizaciones feministas permanecían expectantes en los exteriores.

El documento oficial de la CCE, notificado el 29 de abril, declara la inconstitucionalidad por el fondo de la frase “en una mujer que padezca de una discapacidad mental”, del artículo 150 numeral 2 del COIP.  Además dispuso que la Defensoría del Pueblo deberá preparar un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación, en un plazo máximo de dos meses desde la sentencia. Este proyecto de ley, dice el documento, “deberá contar con la participación activa de la sociedad civil y realizarse en coordinación con organismos estatales”.

Derivado de esto, la Asamblea Nacional, en el plazo máximo de seis meses, deberá discutir la ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo producto de una violación sexual, con los criterios y estándares establecidos en la sentencia.

Para Virginia Gómez de la Torre, médica feminista y directora de Fundación Desafío, una de las organizaciones que impulsa la lucha por el aborto legal, la decisión de la Corte es “un gran logro” para las organizaciones que defienden los derechos sexuales y reproductivos: “La sensación que tengo como una activista feminista pero sobre todo como mujer, como madre, como médica, es un gran alivio que todos los años que trabajamos con la doctora Marta López, en luchar para que el aborto, por lo menos el aborto por violación, sea despenalizado”

Virginia junto con Marta López, dos médicas feministas, fundaron en 1997 el primer servicio de asesoramiento y acompañamiento de aborto en Ecuador, que apoyó a mujeres a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo de forma segura, cuando muy pocas personas se atrevían a hablar siquiera de esta realidad. Virginia recuerda que hace 30 años, cuando su hija Camila tenía 3 meses, asistió a una entrevista a un medio donde le preguntaron si estaba o no de acuerdo en que se despenalice el aborto, ella con su bebé, iniciando con su maternidad, respondió viendo a la cámara: “sí, estoy de acuerdo”.

Son décadas de lucha sostenida por mujeres diversas por el derecho a decidir, por eso, Virginia lo dice convencida “Estoy muy orgullosa de dejarles a mis hijos este grano de arena del que yo he sido parte, en el que hemos estado todas”, además destaca la participación de “todas las jóvenes y el movimiento juvenil  feminista renovado”.

Organizaciones feministas en distintas ciudades realizaron acciones públicas respaldando el dictamen de la Corte, y varias se pronunciaron celebrando, lo que consideran es una ganancia.

Según los plazos establecidos en el dictamen de la Corte Constitucional, la Defensoría tiene dos meses para elaborar el proyecto de ley participativo, mientras que la nueva Asamblea Nacional cuenta con seis meses para aprobarla.

Sobre esta futura regulación de la Asamblea, David Cordero docente universitario, abogado constitucionalista y parte de la Asamblea de INREDH, afirma que “es preocupante”, ya que la Asamblea Nacional “deberá decidir tres asuntos cruciales para que esta sentencia no se convierta en letra muerta”. Primero, los requisitos que se establezcan para acceder al aborto, y “acreditar” la violación. Segundo, los plazos, es decir, hasta qué semanas de gestación se permitirá el procedimiento. Tercero, el acceso, que sea gratuito en los servicios de salud pública.

Ana Vera, abogada feminista de la organización Surkuna, en el programa Pócima Crítica, explicó que la Asamblea no puede incluir plazos, ya que el sistema que tiene Ecuador es el de causales, que “es incompatible con establecer plazos y es violatorio a los parámetros internacionales de derechos humanos”. Ana Vera explica que los plazos para interrumpir el embarazo se establecen en países donde la despenalización del aborto es total, ya que eso se puede convertir en un limitante en el acceso a un aborto con causas ya justificadas.

Ana Vera además, explica que todos los proceso penales que se encuentren abiertos contra mujeres que abortaron producto de violación, deben suspenderse y las mujeres no podrán ser criminalizadas. Esto, incluso antes de que exista la regulación, ya que el dictamen de la Corte Constitucional es superior.

De tal forma, las organizaciones feministas y de mujeres tienen aproximadamente ocho meses en su camino para ver consolidado el cambio legal a favor del aborto por violación sin restricciones. Como dice David Cordero: “esta importante conquista del movimiento feminista ecuatoriano aún debe consolidarse en la Asamblea Nacional”.

Hasta entonces, como todo avance de derechos, la lucha de las mujeres y los feminismos de Ecuador por más derechos, además de la Asamblea, será en el espacio público, en las calles y en las redes, como lo dijeron activistas feministas en miles de interacciones en redes generando la tendencia del hashtag #AbortoPorViolación.

Fuente: https://wambra.ec/



Claudia Florentin